Sentenciado Fernando Rospigliosi: Siete claves sobre la condena por difamación agravada

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La reciente decisión del Juzgado Penal Supremo Unipersonal ha marcado un precedente relevante en la relación entre el derecho al honor y la libertad de expresión en el Perú. La sentencia contra el fujimorista presidente del Congreso Fernando Rospigliosi Capurro no solo define una condena, sino que establece límites claros para el discurso público de las autoridades.

A continuación, las siete ideas claves sobre el fallo dictado contra el citado parlamentario:

1. El origen: Expresiones en redes sociales y medios

La condena se basa en publicaciones realizadas por Rospigliosi en su cuenta de la red social X (antes Twitter) y declaraciones en programas de televisión. En estas intervenciones, el congresista calificó a la entonces Fiscal de la Nación, Delia Espinoza Valenzuela, como «aliada del terrorismo y de las economías ilegales» , además de usar términos como «desquiciada», «proterrorista» y «prodelincuencia».

Una de las publicaciones del difamador fujimorista Fernando Rospigliosi.

2. Condena penal: Prisión suspendida

El Poder Judicial halló a Fernando Rospigliosi responsable del delito de difamación agravada. La sentencia impone una pena privativa de libertad, cuya ejecución se ha suspendido bajo reglas de conducta estrictas. Entre estas reglas se incluye la prohibición de variar de domicilio sin previo aviso y la obligación de comparecer cada sesenta días ante el juzgado para informar sobre sus actividades. Asimismo, se le ordena al fujimorista no cometer un nuevo delito doloso.

3. Reparación civil de S/ 200 000

La jueza Norma Carbajal Chávez fijó en 200 000 soles el monto que el sentenciado fujimorista deberá pagar a favor de Delia Espinoza por concepto de reparación civil. Según la defensa de la querellante, este dinero será donado íntegramente al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN) para la atención de niños y adolescentes.

4. Límites a la libertad de expresión

La sentencia subraya que, aunque los funcionarios públicos tienen un mayor deber de tolerancia a la crítica, esto no les otorga un «derecho al insulto». El juzgado determinó que las frases de Rospigliosi no constituían una crítica política legítima, sino ataques personales innecesarios y vejatorios que excedieron el juicio de ponderación entre el honor y la libertad de expresión.

5. Falta de sustento fáctico (Diligencia de veracidad)

El fallo destaca que Rospigliosi actuó como un «sujeto informante» y, por tanto, tenía el deber de corroborar la veracidad de sus afirmaciones. El tribunal concluyó que las imputaciones de vínculos con el terrorismo fueron conjeturas sin respaldo fáctico , y que el querellado mostró un «manifiesto desprecio por la verdad» al no contrastar la información antes de difundirla masivamente.

Página 18 de la sentencia.

6. Reafirmación de los agravios

Un factor agravante en el proceso fue la actitud del congresista tras recibir una carta notarial de rectificación. Lejos de retractarse, Rospigliosi calificó la carta como una «amenaza» y se reafirmó en sus expresiones a través de nuevos tuits y entrevistas. Para el juzgado, esta insistencia demostró el dolo en su conducta.

7. Precedente para altos funcionarios

El presente fallo envía un mensaje claro sobre la responsabilidad que conlleva el uso de plataformas masivas por parte de líderes políticos, señalando que la inmunidad u opiniones emitidas «en el ejercicio de funciones» no cubren delitos contra el honor cometidos fuera del estricto marco legislativo.

Bonus:

Delia Espinoza remitió la copia de esta sentencia al Jurado Nacional de Elecciones (JNE), para que esta instancia analice si corresponde o no la exclusión del aún candidato a la reelección Fernando Rospigliosi, al cumplirse la causal de impedimento para postular por tener una sentencia por delito doloso.

Documento | La sentencia por difamación agravada contra Rospigliosi:

Fernando Rospigliosi – documento PDF sentencia por difamación agravada by congrezoo.pe

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