«Reafirmamos que la administración de justicia no se somete, subordina ni responde a intereses de índole política, partidaria, económica, mediática ni de ninguna otra clase».
La denuncia última del sentenciado Fernando Rospigliosi contra jueces por inaplicar las leyes de impunidad del fujimorismo ha generado una rotunda respuesta de los presidentes de las cortes superiores de justicia del Perú, quienes difundieron hoy un pronunciamiento donde reafirman plenamente la independencia judicial e instan a los actores políticos a «abstenerse de cualquier acto de amedrentamiento, injerencia o instrumentalización de las instituciones públicas contra los magistrados«.
Los presidentes de todas las cortes superiores de justicia participaron esta semana en Lima en un congreso sobre flagrancia, organizado por el Poder Judicial. Fue en este contexto que las autoridades decidieron suscribir un pronunciamiento público en rechazo al accionar de determinados actores políticos, según informaron fuentes de Lima Times.
Persecución política naranja
El pronunciamiento tiene como precedente la denuncia presentada por Fernando Rospigliosi contra tres magistrados ante la subordinada Junta Nacional de Justicia (JNJ). Los jueces denunciados ahora son Miluska Cano López, Otto Verapinto Márquez y Helbert Llerena Lezama, miembros de la Tercera Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria de la Corte Superior de Justicia.
El sentenciado Rospigliosi pide en su denuncia la sanción de destitución de los tres magistrados, al considerar como faltas «graves y muy graves» la inaplicación de las leyes de impunidad promovidas de manera sostenida por el partido de la hoy mandataria Keiko Fujimori.
Los tres magistrados, en el marco de sus funciones de control de convencionalidad, decidieron inaplicar las leyes de impunidad del fujimorismo y dictaron sentencia en julio contra cuatro exmiembros de la Policía, por el delito de homicidio calificado, en el caso de la matanza en el penal Castro Castro de 1992. (Este caso ha llegado a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, instancia que dictó sentencia contra el Estado peruano).
«Esperamos que la JNJ cumpla con su deber y sancione ejemplarmente a estos magistrados defensores de terroristas y enemigos de la PNP y FFAA», escribió el ya sentenciado por difamación Fernando Rospigliosi, al hacer conocer la denuncia.
Contra el amedrentamiento
En el pronunciamiento difundido este jueves, los magistrados reiteran la independencia judicial garantizada en la Constitución. «Esta norma prohíbe de manera categórica que cualquier autoridad, poder del Estado o actor social o político interfiera directa o indirectamente en el ejercicio autónomo de la función de juzgar», expresan.
Las autoridades judiciales también recuerdan que «ningún magistrado puede ser objeto de sanción, persecución ni amedrentamiento disciplinario o penal en razón del sentido de sus resoluciones»; pues existen procesos e instancias para cuestionar las decisiones judiciales.
En otro extremo del pronunciamientos los presidentes de las cortes superiores de justicia enfatizan que «la administración de justicia no se somete, subordina ni responde a intereses de índole política, partidaria, económica, mediática ni de ninguna otra clase».
En la misma línea, los magistrados exhortan «a los actores políticos y autoridades en general a abstenerse de cualquier acto de amedrentamiento, injerencia o instrumentalización de las instituciones públicas contra los magistrados que cumplen la función de juzgar con apego a la Constitución, las leyes y los tratados internacionales».
Pronunciamiento en defensa de la independencia judicial
Pronunciamiento de los presidentes de las cortes superiores de Justicia – agosto 2026 by wilber
Bonus: las dos leyes de impunidad inaplicadas en el caso Castro Castro
Las normas de impunidad inaplicadas por los magistrados en el caso de la matanza en el penal Castro Castro son:
a. Ley 32107: esta norma limita los alcances de la calificación de crímenes de lesa humanidad para promover el archivo de expedientes de policías y militares procesados por violaciones de derechos humanos durante el conflicto armado interno.
b. Ley 32419: Ley de amnistía e impunidad para militares y policías procesados y/o sentenciados por violaciones de derechos humanos.

