JNJ evalúa proceso contra cinco jueces supremos por inaplicar ley de impunidad en caso esterilizaciones forzadas

La Junta Nacional de Justicia solicitó sus descargos a magistrados de Sala que presidió Víctor Prado Saldarriaga en 2025 y que declaró inaplicable la ley fujimorista 32107. El caso surge a partir de una denuncia de parte.


La Junta Nacional de Justicia (JNJ) ha iniciado internamente un proceso de indagación preliminar contra los cinco jueces supremos de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia que presidió en 2025 el magistrado Víctor Prado Saldarriaga, por declarar inaplicable la ley de impunidad 32107 y ordenar la continuidad del proceso judicial del emblemático de las esterilizaciones forzadas del régimen de Alberto Fujimori.

Fuentes de la JNJ informaron a Lima Times que el proceso comprende a Víctor Prado Saldarriaga y a Araceli Baca Cabrera, Dante Terrel Crispín, María Vásquez Vargas y Ángela Bascones Gómez Velásquez.

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En diciembre de 2025, estos cinco magistrados decidieron no aplicar la ley de impunidad 32107 en el caso esterilizaciones forzadas. La citada norma fue promovida por el partido de Keiko Fujimori, a través de Fernando Rospigliosi, autor del proyecto de ley 6951, y Martha Moyano, presidenta de la Comisión de Constitución que dictaminó la fórmula legal.

El fallo de la Sala declara infundada la excepción de prescripción que había presentado Edgar Raimundo Ortiz Huamán. Este ciudadano, a través de su defensa, había invocado la ley 32107, para evadir a la justicia en el caso esterilizaciones forzadas, a través de la prescripción.

Razones para inaplicar la ley 32107

La ley 32107, vigente desde agosto de 2024, restringe los alcances de la calificación de los delitos de lesa humanidad, para evitar su aplicación respecto de los crímenes y delitos graves cometidos por agentes y servidores del estado durante el régimen de los años noventa.

En el fallo de diciembre de 2025, los cinco magistrados de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia se pronunciaron en los términos siguientes: “los hechos que son objeto del presente proceso penal (esterilizaciones forzadas) y que están catalogados como de graves vulneraciones a los derechos humanos no se someten a las reglas de prescripción de un proceso ordinario o común”.

“Por el contrario —agregan—, están sometidas al ius cogens y los principios del derecho internacional. Por consiguiente, la ley 32107 resulta inaplicable por contradecir los principios elementales de persecución de los delitos que atentan contra los derechos humanos y los compromisos internacionales que a nivel convencional ha asumido el Estado peruano”.

Pronunciamiento de los jueces supremos para inaplicar la ley de impunidad 32107.

Indagaciones en la JNJ

El 16 de marzo de este año, ingresó a la JNJ una denuncia por parte del abogado José Anderson Tuesta López, contra los cinco magistrados por la inaplicación de la ley de impunidad 32107 en uno de los procesos por el caso de las esterilizaciones forzadas que se aplicó en el Perú en el régimen fujimorista.

Internamente, la JNJ asignó el caso al consejero Víctor Chanduví Cornejo, para que realice las indagaciones preliminares. Este funcionario emitió una resolución y notificó en la segunda quincena de mayo a los cinco jueces supremos para que puedan presentar sus descargos.

Según fuentes de la JNJ, los cinco magistrados ya presentaron sus descargos y ahora todo está en la cancha del consejero Chanduví, quien debe presentar un informe con la propuesta de archivo o el inicio de una investigación preliminar. De prosperar esto último, la junta de justicia podría iniciar también un procedimiento disciplinario y los cinco magistrados mencionados se estarían sumando a la lista de administradores de justicia perseguidos por actuar en contra de los intereses de los poderes fácticos de turno.

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